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Comercio ilícito

Dirigidas a las Partes

9.12

Cuando se presente un documento falso a una Parte, ésta debería hacer todo lo posible para descubrir dónde se encuentran los especímenes y dónde se originó el documento falso.
9.13 Cuando la Secretaría informe a una Parte acerca de la utilización fraudulenta de documentos expedidos por dicha Parte, ésta debería llevar a cabo una investigación para identificar a los instigadores del delito, recurriendo a la OIPC-Interpol en caso necesario.
9.14 Cuando se decomisen especímenes, las Partes interesadas deberían hacer todo lo posible para identificar y condenar a los responsables.