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Control e inspección de envíos de especímenes CITES
Dirigida a las Partes
10.30
A fin de reforzar la observancia, las Partes deberían tomar las medidas necesarias para diseñar una estrategia global encaminada a efectuar controles fronterizos, auditorías e investigaciones: a) tomando en consideración los distintos procedimientos para el despacho de aduana de las mercancías y las formalidades aduaneras tales como el tránsito, la admisión temporal, el almacenamiento en depósitos, etc.; b) velando por que los funcionarios encargados del control estén al corriente de las cuestiones relacionadas con la CITES y reciban capacitación sobre las mismas, por ejemplo, las disposiciones de la Convención, la identificación de especímenes y la manipulación de animales vivos; c) efectuando controles de documentos a fin de cerciorarse de la autenticidad y validez de los permisos y certificados CITES y, en caso necesario, solicitando a la Secretaría que confirme su validez; d) realizando el examen físico de las mercancías, basándose en un sistema de evaluación de riesgos y de polarización; e) aumentando la calidad de los controles en el momento de la importación y de la reexportación; y f) suministrando los recursos necesarios para lograr esos objetivos.
Dirigida a la Secretaría
10.118
La Secretaría cooperará con la Organización Mundial de Aduanas, la OIPC-Interpol y las autoridades nacionales competentes con miras a: a) preparar y distribuir material didáctico adecuado; y b) fomentar el intercambio de información técnica entre las autoridades encargadas de los controles fronterizos.
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