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Comercio de bacalao de profundidad

Dirigida a las Partes

12.57

Las Partes deberían, para fines del año 2003, informar a la Secretaría sobre el uso que hagan del Documento de Captura de Dissostichus spp. utilizado por la CCRVMA, así como sobre los requisitos de verificación de los Documentos de Captura.

Dirigidas a la Secretaría

12.58

La Secretaría recopilará la información sobre el uso y los requisitos de verificación de los Documentos de Captura de Dissostichus spp. remitidos por las Partes de la CITES y la distribuirá a las Partes y a la CCRVMA una vez al año y presentará un informe al respecto en la 13a. reunión de la Conferencia de las Partes.
12.59 La Secretaría invitará a la CCRVMA, en su vigésimo segunda reunión de la Comisión, a que considere una modalidad que permita lograr una mayor cooperación entre la CITES y la CCRVMA.