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Cohombros de mar

Dirigida al Comité de Fauna

12.60

El Comité de Fauna:
  a) examinará, con la asistencia de los especialistas que se estimen necesarios, los resultados del cursillo técnico convocado por la Secretaría y demás información disponible sobre la biología, las capturas, o las capturas incidentales y el comercio de cohombros de mar de las familias Holothuridae y Stichopodidae y formulará recomendaciones apropiadas; y
  b) preparará, para su examen en la 13a. reunión de la Conferencia de las Partes, un documento de trabajo sobre la situación biológica y comercial de los cohombros de mar de las familias mencionadas, a fin de proporcionar orientación científica acerca de las medidas necesarias para asegurar su estado de conservación.

Dirigida a la Secretaría

12.61

La Secretaría:
  a) prestará asistencia en la recaudación de fondos de Partes interesadas, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, exportadores, importadores y otros interesados en apoyo de la convocación de un cursillo técnico de especialistas sobre la conservación de los cohombros de mar de las familias Holothuridae y Stichopodidae;
  b) con sujeción a la disponibilidad de financiación externa, cooperará con otros órganos competentes, incluido el sector de la pesca, para convocar un cursillo técnico a fin de estudiar y examinar información biológica y comercial que pueda servir de ayuda en el establecimiento de prioridades y medidas de conservación para asegurar el estado de conservación de los cohombros de mar de esas familias; y
  c) contratará la preparación de un documento, para su análisis en el cursillo técnico. Este documento debería contener toda la información de interés disponible sobre la situación, las capturas las capturas incidentales y el comercio de especímenes de las especies de las familias Holothuridae y Stichopodidae, y sobre cualesquiera medidas adoptadas a escala nacional en pro de su conservación y protección, así como un examen de la idoneidad de esas medidas.