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Rescate de especímenes vivos en circunstancias especiales
Dirigida al Comité Permanente
12.98
El Comité Permanente, en su 49a. reunión, examinará las recomendaciones formuladas por la Secretaría en cumplimiento de la Decisión 12.99 y, si son aceptables, las comunicará a las Partes.
Dirigida a la Secretaría
12.99
La Secretaría examinará las opciones a disposición de las Partes y otras organizaciones pertinentes para facilitar el rescate y la rehabilitación de especímenes de especies incluidas en los Apéndices de la CITES, en determinadas circunstancias, tales como periodos de guerra o de disturbios civiles, cuando la capacidad de la Autoridad Administrativa designada para intervenir esté gravemente menoscabada. Deberá preparar recomendaciones que puedan ser examinadas por el Comité Permanente en su 49a. reunión.
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