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 << Lista de las Decisiones en vigor tras la CdP13

Introducción procedente del mar

Dirigida al Comité Permanente

13.18

El Comité Permanente:

a) supeditado a la disponibilidad de la financiación externa que se obtenga en virtud de la Decisión 13.19, convocará un cursillo sobre la introducción procedente del mar, para examinar cuestiones de aplicación y técnicas, teniendo en cuenta las dos Consultas de Expertos de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) sobre aplicación y cuestiones jurídicas1, y los documentos y deliberaciones que tuvieron lugar en las reuniones 11ª y 13ª de la Conferencia de las Partes sobre estas cuestiones;

b) invitará al cursillo a los siguientes participantes: tres representantes de cada región de la CITES, en representación de una Autoridad Administrativa, una Autoridad Científica y un especialista en pesca; dos representantes de la FAO; un representante de la OMA; y dos representantes de organizaciones no gubernamentales u organizaciones intergubernamentales con experiencia en la CITES y la pesca;

c) por conducto de su mecanismo de intercambio de información, decidirá sobre la manera adecuada de organizar el aspecto logístico, el orden del día y la presentación de informes para el cursillo, y fijará el calendario para realizar la labor prevista;

d) pedirá a la Secretaría que comunique el informe y las recomendaciones surgidos del cursillo a las Partes, mediante una notificación, y a la FAO, para que los examine y formule observaciones; y

e) considerará las observaciones recibidas de las Partes y la FAO acerca del informe del cursillo y pedirá a la Secretaría que prepare un documento de trabajo y un proyecto de resolución que se someterán a la consideración del Comité Permanente antes de presentar el proyecto de resolución a la 14ª reunión de la Conferencia de las Partes para su examen.

Dirigida a la Secretaría

13.19

La Secretaría:

a) como cuestión de alta prioridad, asistirá en la obtención de fondos de las Partes interesadas, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y otras fuentes de financiación para organizar un cursillo sobre la introducción procedente del mar, en virtud del mandato estipulado en la Decisión 13.18;

b) asistirá al Comité Permanente en la preparación del cursillo; y

c) acogerá con beneplácito las consultas convocadas por la FAO y el enfoque de la Secretaría de la FAO en relación con una mayor colaboración acerca del tema de la introducción procedente del mar.

 

 1 Informe sobre Pesca Nº 741 de la FAO: Informe de la consulta de expertos sobre cuestiones de aplicación asociadas con la inclusión de especies acuáticas explotadas comercialmente en los Apéndices de la CITES, e Informe de Pesca Nº 746 de la FAO: Informe de la consulta de expertos sobre cuestiones jurídicas relacionadas con la CITES y las especies acuáticas explotadas comercialmente.