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Tiburones
Dirigida a las Partes
13.42 Las Partes:
a) deberían solicitar, por conducto de sus delegaciones en la 26a reunión del Comité de Pesca (COFI) de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), que la FAO estudie la posibilidad de convocar un cursillo o una consulta sobre la conservación y ordenación de los tiburones con tiempo suficiente para que sus resultados puedan examinarse en la 14ª reunión de la Conferencia de las Partes, entre otras cosas para:
i) considerar y examinar los progresos en la aplicación del IPOA-Sharks; y
ii) evaluar la eficacia y eficiencia de las actuales medidas de conservación y ordenación de los tiburones e identificar cualesquiera mejoras que fueran necesarias;
b) son alentadas a mejorar su recogida de datos y su presentación de informes a la FAO sobre capturas, desembarcos y comercio de tiburones, a nivel de especies cuando sea posible, reconociendo que, entre otras cosas, esto podría ser un primer paso para el desarrollo y la aplicación de informes de evaluación y planes de acción nacionales sobre el tiburón u otros instrumentos nacionales pertinentes;
c) que necesiten asistencia para crear capacidad con miras a ordenar sus pesquerías de tiburón son alentadas a recabar esa asistencia a la FAO o a otras organizaciones competentes; y
d) deberían tomar nota de las recomendaciones específicas por especies que figuran en el Anexo 2 del documento CoP13 Doc.35, con miras a cerciorarse de que el comercio internacional no sea perjudicial para el estado de esas especies.
Dirigida al Comité de Fauna
13.43 El Comité de Fauna, teniendo en cuenta los trabajos de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) sobre conservación y ordenación de los tiburones y sobre cuestiones de aplicación de la CITES relacionadas con especies marinas incluidas en los Apéndices:
a) examinará las cuestiones de aplicación relacionadas con los tiburones incluidos en Apéndices de la CITES con miras, entre otras cosas, a compartir experiencias que puedan haber surgido y soluciones que puedan haberse encontrado;
b) identificará casos específicos en los que el comercio está teniendo una repercusión prejudicial para los tiburones, en particular para las especies cruciales de tiburones así amenazadas;
c) preparará un informe sobre las medidas relacionadas con el comercio adoptadas y aplicadas por las Partes que tengan por objeto mejorar el estado de conservación de los tiburones; e
d) informará sobre lo anterior a la 14a reunión de la Conferencia de las Partes.
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