| Dirigida al Comité Permanente |
| 14.3 |
El Comité Permanente, sujeto a la disponibilidad
de financiación externa, y solicitando la asistencia de organizaciones,
entre ellas la Comisión de Supervivencia de las Especies, iniciará y
supervisará un proceso con miras a preparar, para la 15ª reunión
de la Conferencia de las Partes: |
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a) |
instrumentos que las Partes podrán utilizar
con carácter voluntario para una evaluación rápida a escala nacional
de los impactos positivos y negativos de la aplicación de las decisiones
de inclusión en los Apéndices de la CITES sobre los medios de subsistencia
de los pobres, de conformidad con la Resolución Conf. 8.3 (Rev. CoP13);
y |
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b) |
proyectos de directrices voluntarias
para que las Partes aborden esos impactos, en particular en los países
en desarrollo. Las directrices, cada vez que sea posible, asistirán
a las Partes en la elaboración de iniciativas locales, nacionales
y regionales que tengan en cuenta las repercusiones de la aplicación
de las decisiones relativas a la inclusión en los Apéndices
de la CITES sobre los medios de subsistencia de los pobres. En este
proceso podría ser útil tener en cuenta las deliberaciones
y recomendaciones del Cursillo sobre la CITES y los medios de subsistencia
(5 a 7 de septiembre de 2006), y el mismo deberá basarse
en las contribuciones técnicas de las Partes, la Secretaría,
las organizaciones no gubernamentales y otros organismos nacionales
e internacionales, como la UICN – Unión Mundial para
la Naturaleza. |
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Para mayor aclaración, el proceso no incluirá el examen de los criterios para enmendar los Apéndices o el requisito de formular dictámenes sobre extracciones no perjudiciales. |
| Dirigida a la Secretaría |
| 14.4 |
La Secretaría recabará fondos externos
que permitan al Comité Permanente iniciar y desarrollar el proceso
descrito en la Decisión 14.3. |