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Examen de la política comercial nacional de fauna y flora silvestres

Dirigidas a las Partes
14.21 Se invita a los países exportadores e importadores a que realicen exámenes de la política comercial nacional de fauna y flora silvestres para facilitar una mayor comprensión de los efectos de las políticas de comercio de vida silvestre sobre el comercio internacional de fauna y flora silvestres.
14.22 Se invita a las Partes que realicen voluntariamente un examen de la política comercial de fauna y flora silvestres a que compartan los detalles pertinentes de sus exámenes y las lecciones aprendidas con otras Partes.
Dirigida a las Partes, las organizaciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales
14.23 Las Partes y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales deben proporcionar información sobre el proyecto de marco de examen de la política comercial de fauna y flora silvestres, así como ayuda financiera y técnica para realizar los exámenes de la política comercial nacional.
Dirigida a la Secretaría
14.24 Sujeto a la disponibilidad de fondos externos, la Secretaría, en colaboración con las organizaciones internacionales pertinentes como el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente o la Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo, y con las Partes exportadoras e importadoras interesadas:
  a) facilitará un examen de su política nacional en materia de utilización y comercio de especímenes de especies incluidas en los Apéndices de la CITES, teniendo en cuenta las cuestiones ambientales, sociales y económicas y los instrumentos políticos pertinentes;
  b) compilará la información facilitada voluntariamente por las Partes sobre sus exámenes de políticas nacionales sobre el comercio de fauna y flora silvestres y pondrá esta información a disposición de otras Partes;
  c) presentará un informe en la 57ª reunión y en las reuniones subsiguientes del Comité Permanente y en la 15ª reunión de la Conferencia de las Partes sobre los progresos realizados en la aplicación de esta decisión; y
  d) tratará de obtener apoyo financiero de donantes y asociados bilaterales, multilaterales y de otro tipo para apoyar nuevos exámenes de políticas nacionales sobre el comercio de fauna y flora silvestres y actividades de fomento de capacidad conexas.