| Dirigida a la Secretaría |
| 14.35 |
La Secretaría: |
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a) |
solicitará, mediante una Notificación
publicada después de la 14ª reunión de la
Conferencia de las Partes, información a las Autoridades Administrativas
sobre: |
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i) |
la magnitud y la índole del comercio
de vida silvestre realizado por Internet que al parecer afecta a
su país; |
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ii) |
los problemas observados en relación con ese
comercio, inclusive el comercio ilícito; |
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iii) |
la eficacia de cualquier medida que hayan
adoptado las Partes para abordar el comercio de vida silvestre por
Internet, inclusive el uso de códigos de conducta; y |
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iv) |
cualquier cambio en las rutas comerciales
y los métodos de transporte que se hayan observado como resultado
el uso cada día mayor de Internet para promover el comercio
de vida silvestre; |
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b) |
recurriendo a los servicios de un consultor
debidamente calificado, examinará la información sometida
por las Partes y preparará un documento de información
general para someterlo a la consideración de un cursillo; |
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c) |
tratará de obtener financiación
externa para convocar un cursillo sobre el comercio de vida silvestre
por Internet, al que debería invitarse a participar a: la
Autoridad Administrativa CITES y los oficiales de observancia de
las Partes en las que se observe un comercio incipiente o existente
de vida silvestre organizado a través de Internet; los expertos
sobre comercio por Internet; los propietarios de los sitios web pertinentes
y los proveedores de servicios Internet; la ICPO-Interpol y la Organización
Mundial de Aduanas; y los representantes de otras organizaciones
intergubernamentales y no gubernamentales; |
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d) |
publicará los resultados del cursillo,
inclusive cualquier recomendación, en el sito web de la CITES,
solicitando observaciones adicionales; y |
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e) |
presentará un informe sobre el
particular en la 58ª reunión del Comité Permanente. |
| Dirigida al Comité Permanente |
| 14.36 |
El Comité Permanente debería
examinar el informe de la Secretaría
en su 58ª reunión y determinar si es preciso adoptar medidas
adicionales, según proceda, encargando a la Secretaría que
prepare un documento de trabajo y un proyecto de resolución para
someterlos a la consideración de la 15ª reunión
de la Conferencia de las Partes. |