| Dirigida al Comité Permanente |
| 14.54 |
El Comité Permanente establecerá un
grupo de trabajo mixto entre sesiones para examinar el uso de los
códigos de propósito
de la transacción por las Partes, con el siguiente mandato: |
| |
a) |
el grupo de trabajo estará integrado
por Partes pertenecientes al mayor número posible de las seis
regiones de la CITES, y por organizaciones intergubernamentales y
no gubernamentales adecuadas que tengan experiencia en la emisión
de documentos CITES y el uso de códigos de propósito
de la transacción para la evaluación en el marco del
proceso de emisión de permisos y el análisis de datos
comerciales; |
| |
b) |
el grupo de trabajo: |
| |
|
i) |
determinará la medida en que el
uso de los actuales códigos de propósito de la transacción
plantea dificultades de interpretación a las Partes; |
| |
|
ii) |
identificará la finalidad y evaluará los
posibles beneficios del uso de esos códigos para todo el comercio
que afecte a especímenes incluidos en los Apéndices I,
II y III; y |
| |
|
iii) |
se centrará en la definición
y/o aclaración de los códigos de propósito de
la transacción para fomentar una utilización coherente
de esos códigos, inclusive la posible eliminación de
los códigos en vigor o la inclusión de nuevos códigos; |
| |
c) |
al evaluar el uso y la definición
de los códigos de propósito
de la transacción, el grupo de trabajo debería tener en cuenta
cualesquiera dificultades de aplicación con que tropiezan las Partes
y las posibles repercusiones en los recursos de la inclusión de
nuevos códigos o la supresión de códigos de propósito
de la transacción actualmente existentes; |
| |
d) |
el grupo de trabajo deberá presentar
un informe, así como
cualesquiera recomendaciones de enmiendas a la Resolución Conf. 12.3
(Rev. CoP14), en la 58ª reunión del Comité Permanente,
a efectos de su consideración en la 15ª reunión
de la Conferencia de las Partes; y |
| |
e) |
el grupo de trabajo debería desempeñar
la mayor parte de su labor por correo electrónico para mantener
los costos a un nivel mínimo. |