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Transporte de especímenes vivos

Dirigida a las Partes
14.58 En relación con el transporte de animales vivos por otros medios que por vía aérea, las Partes deberían considerar las Directrices para el transporte de animales por vía marítima de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y las Directrices para el transporte de animales por vía terrestre publicadas en el Código Sanitario para los Animales Terrestres en los casos en que no proceda aplicar la Reglamentación para el Transporte de Animales Vivos de la Asociación de Transporte Aéreo Internacional, y evitar posibles problemas con reglamentaciones nuevas, duplicadas o solapadas (a escala nacional, regional o internacional).
Dirigida al Comité de Fauna
14.59 El Comité de Fauna, en consulta con la Secretaría, debería:
  a) participar en las reuniones ordinarias de la Comisión de Normas Sanitarias para los Animales Terrestres de la OIE y en las revisiones en curso de las Directrices para el transporte de animales por vía marítima, las Directrices para el transporte de animales por vía terrestre y, según proceda, las Directrices para el transporte de animales por vía aérea de la OIE;
  b) colaborar con la OIE en el desarrollo de su sitio web con información sobre reglamentaciones nacionales y otras directrices aplicables a los modos de transporte para los animales vivos distintos del transporte por vía aérea, y verificar su pertinencia para las Partes en la CITES;
  c) examinar referencias nuevas y complementarias para el transporte de animales vivos;
  d) revisar, en su 24ª reunión, los siguientes documentos de la Secretaría:
    i) un análisis de las disposiciones legislativas de las Partes sobre el transporte de animales vivos por carretera, ferrocarril o barco contenidas en los materiales compilados en el marco del proyecto de legislación nacional CITES; y
    ii) el proyecto orientación legislativa para el transporte de especímenes vivos; y
  e) presentar un informe sobre la aplicación de esta decisión en la 15ª reunión de la Conferencia de las Partes incluyendo, si procede, propuestas para enmendar la resolución sobre el transporte de animales vivos.