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Orchidaceae: Anotación para las especies incluidas en el Apéndice II
| Directed to Parties and the Plants Committee | ||||
| 14.133 | Los países de exportación e importación deberían formular recomendaciones y preparar materiales de identificación sobre nuevas exenciones posibles de híbridos reproducidos artificialmente de Orchidaceae spp. incluidas en el Apéndice II, teniendo en cuenta las capacidades de los países para aplicar y controlar efectivamente esas exenciones. Los resultados se remitirán al Comité de Flora, que procederá a su evaluación y adoptará las medidas pertinentes. |
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| Dirigida al Comités de Flora | ||||
| 14.134 (Rev. CoP15) |
El Comité de Flora supervisará y evaluará los posibles problemas de conservación derivados de la aplicación de la anotación de las Orchidaceae spp. incluidas en el Apéndice II y presentará un informe al respecto a la Conferencia de las Partes en su 16ª reunión. |
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