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Códigos de propósito en los permisos y certificados CITES
| Dirigida al Comité Permanente | ||||
| 14.54 (Rev. CoP15) |
El Comité Permanente reestablecerá un grupo de trabajo mixto entre sesiones para examinar el uso de los códigos de propósito de la transacción por las Partes, con el siguiente mandato: |
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| a) | estará integrado por Partes pertenecientes al mayor número posible de las seis regiones de la CITES, y por organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales adecuadas, que tengan experiencia en la emisión de documentos CITES y el uso de códigos de propósito de la transacción para la evaluación en el marco del proceso de emisión de permisos y el análisis de datos comerciales; |
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| b) | comunicándose por medios electrónicos, se centrará en definir claramente los códigos de propósito de la transacción para fomentar su utilización coherente y considerará la posible eliminación de los códigos en vigor o la inclusión de nuevos códigos; |
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| c) | al evaluar el uso y la definición de los códigos de propósito de la transacción, el grupo debería tener en cuenta cualesquiera dificultades de aplicación con que tropiezan las Partes y las posibles repercusiones en los recursos de la inclusión de nuevos códigos o la supresión de códigos de propósito de la transacción actualmente existentes; y |
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| d) | debería presentar un informe, así como cualesquiera recomendaciones de enmiendas a la Resolución Conf. 12.3 (Rev. CoP15), o a cualquier revisión de ella, al Comité Permanente en su 62ª reunión, que a su vez informará, con sus recomendaciones, a la Conferencia de las Partes en su 16ª reunión. |
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