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Introducción procedente del mar

Dirigida al Comité Permanente
14.48
(Rev. CoP15)

El Comité Permanente:

  a)

mantendrá el Grupo de trabajo sobre la introducción procedente del mar, establecido en la SC57, en el entendimiento de que seguirá desempeñando su labor fundamentalmente por medios electrónicos, para considerar una definición de “traslado a un Estado”, la aclaración del término "Estado de introducción" y el proceso para expedir un certificado de introducción procedente del mar, así como otras cuestiones planteadas en el informe final del Cursillo CITES sobre cuestiones relacionadas con la introducción procedente del mar (Ginebra, 30 de noviembre – 2 de diciembre de 2005) y el informe final de la reunión del Grupo de trabajo celebrada en Ginebra del 14 al 16 de septiembre de 2009;

  b)

incluirá en el grupo de trabajo a representantes de las autoridades CITES y de las autoridades pesqueras de cada una de las seis regiones de la CITES y solicitará la participación y las aportaciones de la División de Asuntos Oceánicos y del Derecho del Mar de las Naciones Unidas, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, los órganos regionales de pesca, la industria de la pesca y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales con conocimientos especializados en la CITES y la pesca; y

  c)

solicitará al grupo de trabajo que prepare un documento de trabajo y un proyecto de resolución para someterlos a la consideración del Comité Permanente en su 62ª reunión y a la Conferencia de las Partes en su 16ª reunión.

Dirigida a la Secretaría
15.50

La Secretaría, sujeto a la disponibilidad de financiación externa, convocará dos reuniones del Grupo de trabajo antes de la 62ª reunión del Comité Permanente.