Back to CITES Home

 << Lista de las Decisiones en vigor tras la CoP15


Gestión del comercio y de la conservación de serpientes

Dirigida a la Secretaría
15.75

La Secretaría convocará, sujeto a la disponibilidad de fondos, un taller técnico para examinar las prioridades de conservación y las necesidades de gestión y observancia que entraña el comercio de serpientes en Asia, centrándose esencialmente en los mercados y el comercio en Asia oriental, meridional y sudoriental.

  a)

La Secretaría invitará a los miembros del Comité de Fauna y del Comité Permanente, los representantes de los Estados del área de distribución, exportadores y consumidores y los organismos intergubernamentales y no gubernamentales relevantes a participar en este taller, que se celebrará dentro de un plazo de 12 meses a contar del término de la 15ª reunión de la Conferencia de las Partes.

  b)

La Secretaría contratará a los correspondientes expertos técnicos para que preparen documentos sobre la conservación, la gestión del comercio, la observancia y la biología de las serpientes asiáticas, con el fin de trasmitirlos al taller, e invitará a sus participantes a presentar el mismo tipo de documentación.

  c)

La Secretaría informará sobre las conclusiones y recomendaciones del taller al Comité de Fauna y al Comité Permanente.

Dirigida al Comité de Fauna
15.76

El Comité de Fauna examinará los resultados del taller y someterá sus recomendaciones a la consideración del Comité Permanente.

Dirigida al Comité Permanente
15.77

El Comité Permanente examinará las recomendaciones del Comité de Fauna y formulará sus propias recomendaciones a la Conferencia de las Partes en su 16ª reunión.

Dirigida a las Partes, organizaciones no gubernamentales, comerciantes y donantes
15.78

Se alienta a las Partes y no Partes, las organizaciones intergubernamentales, las organizaciones no gubernamentales, los comerciantes y los donantes a proporcionar financiación a la Secretaría para el taller técnico.