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Madagascar
| Dirigida al Comité de Flora y a Madagascar | ||||
| 15.97 | El Comité de Flora y Madagascar: |
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| a) | examinarán y compilarán más información sobre los taxones suculentos cuya inclusión en los Apéndices se propuso en la 15ª reunión de la Conferencia de las Partes pero no fue adoptada; |
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| b) | examinarán y compilarán nueva información sobre especies (incluidas especies arbóreas) que se beneficiarían de su inclusión en los Apéndices de la CITES; |
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| c) | identificarán mecanismos para contribuir al fomento de capacidad para formular dictámenes de extracción no perjudicial sobre especies actualmente incluidas; e |
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| d) | informarán sobre los trabajos realizados a la Conferencia de las Partes en su 16ª reunión y, si fuera necesario, prepararán propuestas de enmienda a los Apéndices para someterlas a la consideración de esa reunión. |
Dirigida a la Secretaría | ||
| 15.98 | La Secretaría trabajará en colaboración con el Comité de Flora para recabar cualesquiera fondos adicionales que resulten necesarios para desempeñar esta tarea. |
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