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Unicamente
para uso de los medios de comunicación;
no se trata de un documento oficial.
COMUNICADO DE PRENSA
Los
exportadores han de reforzar los controles y promover la pesca
sostenible antes de que la CITES pueda publicar
los cupos de exportación para 2006
Ginebra, 3 de enero de 2006 – La Secretaría
de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) ha anunciado hoy
que no puede publicar los cupos de exportación correspondiente
a 2006 para el caviar y otros productos de esturión (excepto
para la acuicultura) hasta que los países de exportación
proporcionen más información sobre la sustentabilidad
de sus capturas de esturión.
Los
169 países miembros en la CITES han establecido condiciones
estrictas para autorizar las exportaciones de caviar. Los países
que comparten stocks de esturión deben llegar a un acuerdo
sobre los cupos de captura y exportación basándose
en censos científicos de los stocks. Asimismo, deben adoptar
una estrategia de conservación regional. Con el acuerdo
de los Estados del área de distribución del esturión,
en 2004 se establecieron normas más rigurosas para establecer
los cupos.
De la información proporcionada en fecha
reciente por los países exportadores de esturión
a orillas del mar Caspio, del mar Negro/parte inferior del río
Danubio y del río Amur en la frontera sinorusa se desprende
que la población de muchas de las especies de esturión
en esos bancos de pesca compartidos ha sufrido una acentuada disminución.
A la Secretaría le preocupa que los cupos propuestos, pese
a ser inferiores que en años precedentes, tal vez no reflejen
claramente las reducciones de los stocks o no tomen debidamente
en consideración la pesca ilegal.
“Los países que deseen exportar productos
de esturión de stocks compartidos deben demostrar que sus
cupos propuestos de captura y exportación reflejan las
actuales tendencias de la población y son sustentables”
dijo el Secretario General de la CITES, Willem Wijnstekers. Además,
añadió “Para lograrlo, estos países
deben también tener en cuenta la cantidad de peces capturados
ilegalmente”.
Aunque muchas de las medidas adoptadas por la CITES
están destinadas a los países de exportación,
los importadores, como la Unión Europea, también
tienen importantes obligaciones. Deben garantizar que todas las
importaciones son de origen legal, y deben establecer sistemas
de registro para sus plantas nacionales de procesamiento y reempaquetado
y normas para el etiquetado de caviar reempaquetado. Muchos importantes
países de importación aún no han puesto en
práctica estas medidas.
El
Sr. Wijnstekers dijo que “el régimen CITES para el
comercio internacional de caviar y otros productos de esturión
es vigoroso y exhaustivo. Es suficientemente fuerte para garantizar
que el comercio de productos de esturión es sustentable
– pero sólo se si aplican plenamente esas normas.
Es preciso que los gobiernos apliquen las medidas que han acordado
para garantizar que la explotación de los stocks de esturión
es comercialmente y ambientalmente sostenible a largo plazo”.
La Secretaría CITES alberga la esperanza
de que los países de exportación proporcionarán
los datos de faltan para poder autorizar la reanudación
del comercio internacional. Sin embargo, como el sistema de la
CITES sólo autoriza que se exporten los productos de esturión
durante el año en que fueron capturados y procesados, actualmente
no es posible exportar caviar y otros productos de esturión
procedentes de los stocks compartidos.
Como los stocks de caviar siguieron disminuyendo
durante el decenio de 1990, las Partes de la CITES decidieron
incluir en el Apéndice II todas las especies de esturión
que aún no se habían inscrito, a partir del 1 de
abril de 1998. Desde entonces, todas las exportaciones de caviar
y otros productos de esturión deben cumplir con las estrictas
disposiciones de la CITES, incluyendo la utilización de
permisos y requisitos específicos de etiquetado. Para que
se publique el cupo que propone, un gobierno debe demostrar que
el comercio no es perjudicial para la supervivencia a largo plazo
de la especie.
En 2001, la CITES respondió a los elevados niveles de
pesca furtiva y comercio ilegal en el mar Caspio –que representa
alrededor del 90% del comercio mundial de caviar– acordando
una prohibición temporal. Fueron necesarias amplias deliberaciones
y medidas más enérgicas por los Estados del área
de distribución antes de que pudiesen acordarse cupos anuales
para 2002 a 2005.
Decididos a garantizar la pesca del esturión a largo plazo,
muchos Estados del área de distribución están
estableciendo piscifactorías artificiales y tomando medidas
para atajar la pesca ilegal. Habida cuenta de que el caviar es
un producto muy apreciado a escala local en muchos de esos países,
deben fortalecer también sus controles sobre el comercio
nacional de esturión.
Para mayor información: Sírvase contactar
con Juan-Carlos Vásquez: +41-22-917-8156/28 o juan.vasquez@unep.ch;
o Michael Williams: +41-79-409-1528 (celular), +41-22-917-8242
(oficina) o michael.williams@unep.ch.
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