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| No. 283 |
Gland, 15 de marzo de 1984
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Notificación a las Partes | ||
| CONCERNIENTE: | ||
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REPÚBLICA UNIDA DE TANZANÍA
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Prohibición de exportar Agapornis personata |
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| 1. | La Autoridad Administrativa de la República Unida de Tanzanía informó a la Secretaría que, debido a la evolución de las poblaciones de Agapornis personata en ese país, se ha prohibido el comercio de esta especie hasta nuevo aviso. | |
| 2. | La Autoridad Administrativa de la República Unida de Tanzanía y la Secretaría ruegan encarecidamente a las Partes que tomen en cuenta estas disposiciones y que envien a la Secretaría, para verificación, copia de todos los permisos de exportación de la especie mencionada más arriba que hubieran sido emitidos por esa Autoridad Administrativa o por alguna de sus oficinas regionales. | |
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