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No. 384
Lausanne, 7 de mayo de 1986
 

Notificación a las Partes

 
CONCERNIENTE:
 
ARGENTINA
 

Prohibición del comercio de ciertas especies

 
1. La Autoridad Administrativa de Argentina envió a la Secretaría el texto de las resoluciones No. 24, 62 y 63 (copias adjuntas) que entraron en vigor el 23 de febrero de 1986 en lo que respecta a la primera y el 14 de marzo de 1986 en lo que concierne a las otras dos.
   
2. La Resolución No. 24 prohibe la exportación de animales vivos, partes y productos de las siguientes especies:
   
    Boa constrictor occidentalis
Eunectes notaeus
Rhea americana
   
  Las partes y productos registrados ante la Dirección Nacional de Fauna Silvestre hasta la fecha de publicación de la resolución (23 de febrero de 1986) pueden ser exportados durante un periodo de 180 días a partir de esa fecha.
   
3. La Resolución No. 62 suspende, por tiempo indeterminado, la exportación de todos los especímenes vivos de mamíferos, aves y reptiles pertenecientes a la fauna indígena, excepto de aquellas especies mencionadas en el capítulo VII del Decreto No. 691 del 27 de marzo de 1981. También se excluyen las especies consideradas como perjudiciales o criadas en cautividad por establecimientos registrados.
   
  Los especímenes registrados ante la Dirección Nacional de Fauna Silvestre hasta la fecha de publicación de la resolución (14 de marzo de 1986) podrán exportarse por un periodo de 180 días a partir de esa fecha.
   
4. La Resolución No. 63 prohibe la exportación de especímenes vivos, así como sus partes y derivados de las siguientes especies:
   
    Felis colocolo
Felis geoffroyi
Felis wiedii
Felis tigrina
Felis pardalis mitis
Felis yagouaroundi
Felis jacobita
Felis concolor
Panthera onca
   
  La prohibición entró en vigor el día siguiente al de la publicación de esa resolución (14 de marzo de 1986).
   
5. Se ruega encarecidamente a las Partes que ayuden a la Argentina en la aplicación de esas resoluciones y que informen a la Autoridad Administrativa argentina y/o a la Secretaría sobre cualquier tentativa tendiente a violarlas.
 

Resolution 24

 
 
 

Resolution 62
 
 
 
 

Resolution 63