No. 742 Lausanne, 7 de mayo de 1993 ASUNTO: COLOMBIA Exportaci¢n de pieles de Caiman crocodilus 1. La presente Notificaci¢n remplaza la Notificaci¢n a las Partes No. 706 del 21 de diciembre de 1992. La presente Notificaci¢n fue redactada tomando en cuenta la informaci¢n complementaria recibida de la Autoridad Administrativa de Colombia y despu‚s de consultar con un experto recomendado por el Comit‚ Directivo del Grupo CES/UICN de especialistas de cocodrilos. 2. El tama¤o de las pieles y partes de pieles de cocodrilos, de acuerdo al tama¤o de los animales de los cuales provienen, es variable en funci¢n de la morfolog¡a de los animales vivos y seg£n el tratamiento aplicado a las pieles. Adem s, y con el objeto de ofrecer una cierta flexibilidad a los zoocriadores y curtidores, se convino que se acepten para cada env¡o un porcentaje de pieles o de partes de pieles ligeramente m s grandes que el tama¤o m ximo autorizado. Este margen se aplica a todas las partes, excepto las colas. 3. Los siguientes valores, que se refieren a las pieles y partes de pieles exportadas de Colombia, deben ser considerados como valores absolutos. Las autoridades colombianas no autorizan ninguna exportaci¢n que no respete esos valores, y se ruega a las Partes que no acepten ning£n env¡o que contravenga esos valores. Pieles enteras Saladas Ž por lo menos un 80% de las pieles de una longitud m xima de 1m20 Ž hasta un 20% de las pieles de una longitud m xima de 1m25 Curtidas Ž por lo menos un 80% de las pieles de una longitud m xima de 1m25 Ž hasta un 20% de las pieles de una longitud m xima de 1m30 Flancos Salados Ž por lo menos un 80% de los flancos de una longitud m xima de 61 cm. Ž hasta un 20% de los flancos de una longitud m xima de 63 cm. Curtidos Ž por lo menos un 80% de los flancos de una longitud m xima de 80 cm. Ž hasta un 20% de los flancos de una longitud m xima de 86 cm. Las longitudes se refieren a los flancos grandes, es decir a aquellos que incluyen la piel de la garganta. No se determina ninguna longitud para los otros flancos que no incluyen la piel de la garganta y que por lo tanto son m s cortos. La gran diferencia de longitud entre los flancos salados y curtidos se debe al grado de hidrataci¢n, a la manera en que los flancos fueron cortados y a la modificaci¢n de la forma, resultante del proceso de curtido. Colas Saladas o curtidas Ž longitud m xima de 60 cm. Barrigas Saladas Ž longitud m xima de 45 cm. Curtidas Ž longitud m xima de 50 cm. 4. La Secretar¡a ruega encarecidamente a todas las Partes que controlen con especial cuidado los env¡os de pieles de Caiman crocodilus provenientes de Colombia y que tomen en consideraci¢n la informaci¢n arriba se¤alada.