No. 865 Ginebra, 12 de julio de 1995 ASUNTO: Inventario de fibra de Vicu¤a 1.La Conferencia de las Partes, en su 9a. reuni¢n, Fort Lauderdale, Estados Unidos de Am‚rica, 1994, aprob¢ la transferencia al Ap‚ndice II de las poblaciones peruanas de Vicu¤a a£n no incluidas en ese Ap‚ndice, bajo determinadas condiciones, las cuales figuran en la anotaci¢n 0504 en la secci¢n sobre interpretaci¢n de los Ap‚ndices I y II, vigentes a partir del 16 de febrero de 1995. 2.La anotaci¢n en cuesti¢n reza: 0504 Con el exclusivo prop¢sito de permitir el comercio internacional de lana esquilada de vicu¤as vivas, cuyas poblaciones est n incluidas en el Ap‚ndice II (v‚ase +210) y de las existencias almacenadas en Per£ (3.249 kg de lana) y de telas y art¡culos derivados ..." 3.La Autoridad Administrativa de Per£ llev¢ a cabo el inventario de esas existencias del 13 al 15 de marzo de 1995, en el que particip¢ el Sr. Hern n Torres, Presidente del Grupo de Especialistas en Cam‚lidos Sudamericanos de la SSC/UICN, en representaci¢n de la Secretar¡a. 4.El informe que la Autoridad Administrativa CITES de Per£ envi¢ a la Secretar¡a se adjunta a la presente, sin sus anexos. La Secretar¡a tradujo el informe adjunto del espa¤ol a los otros idiomas de trabajo de la Convenci¢n. 5.La Secretar¡a aprovecha la ocasi¢n para reiterar a aquellos pa¡ses importadores que no hayan a£n comunicado sus existencias de fibra y/o telas de vicu¤a que lo hagan tan pronto como les sea posible.