![]() |
|||
|
|
|||
Notificación a las PartesNo. 901 Ginebra, 28 de febrero de 1996
ASUNTO:
Cooperación con OIPC-Interpol
1. De conformidad con la Resolución Conf. 9.8, la Secretaría sigue fomentando su cooperación con OIPC-Interpol.
2. La Secretaría se complace en comunicar a las Partes que, mediante un intercambio de cartas firmadas por sus jefes ejecutivos, la Secretaría General de ICPO-Interpol y la Secretaría CITES han establecido un procedimiento para la cooperación entre ambas organizaciones.
3. Para su información, se adjuntan copias de las cartas originales, con sus correspondientes traducciones extraoficiales en español.
Sr. R. Kendall
Secretario General
OIPC-Interpol
Quai Achille Lignon
69000 LYON
FranceGinebra, 21 de noviembre de 1995
Estimado Sr. Kendall:
La Secretaría General de Interpol y la Secretaría CITES han venido cooperando extraoficialmente desde hace tiempo a fin de garantizar que la información sobre el comercio ilícito de especímenes de especies incluidas en los Apéndices de la CITES se distribuya a los encargados de la aplicación de la Convención.
En la 45a. reunión de la Asamblea General de la OIPC-Interpol se instó a las Oficinas Centrales Nacionales que prestasen asistencia en los asuntos de tráfico de fauna y flora silvestres, bien adoptando medidas coercitivas o, en su caso, solicitando a otras autoridades que tomasen las medidas pertinentes.
En julio de 1988, la Secretaría CITES, en cooperación con la OIPC-Interpol, preparó un folleto sobre la colaboración entre las Autoridades Administrativas de la CITES y las Oficinas Centrales Nacionales que se distribuyó a todas las Partes en la Convención y a dichas oficinas.
En la 62a. reunión de la Asamblea General (1993) de la OIPC-Interpol se recomendó que los miembros de Interpol instasen a sus gobiernos a hacer todo lo posible para cerciorarse de que se tomaban las medidas pertinentes para combatir el comercio ilegal de vida silvestre.
En la primera reunión del Subgrupo Interpol sobre la delincuencia contra la vida silvestre, que tuvo lugar en febrero de 1994, se recomendó que uno de los objetivos principales del subgrupo consistiría en difundir la información sobre el comercio ilícito de vida silvestre y formular recomendaciones apropiadas a la Secretaría CITES y a otras instituciones encargadas de la aplicación de las legislaciones para la protección de la vida silvestre.
En la segunda reunión del Grupo de trabajo Interpol sobre la delincuencia y el medio ambiente, que se celebró en Lyon, en mayo de 1994, se recomendó, entre otras cosas, que se preparase un memorándum de entendimiento entre Interpol y la Secretaría CITES.
La Conferencia de las Partes, en su novena reunión (Fort Lauderdale, noviembre de 1994), encargó a la Secretaría que "promueva una vinculación internacional más estrecha entre las instituciones de la Convención, los organismos nacionales encargados de hacer cumplir la ley y los órganos intergubernamentales existentes, particularmente con la Organización Aduanera Mundial y OIPC-Interpol". (Resolución Conf. 9.8).
El subgrupo sobre la delincuencia contra la vida silvestre ha repetido en diversas ocasiones su deseo de que el memorándum de entendimiento al que había hecho alusión el Grupo de trabajo Interpol sobe la delincuencia y el medio ambiente se firmase a la brevedad posible.
Como resultado de las deliberaciones llevadas a cabo entre nuestras respectivas Secretaría con respecto a la elaboración de un memorándum de entendimiento, proponemos que la relación entre las Secretaría de Interpol y la CITES se establezca con arreglo a las normas siguientes:
1) La Secretaría CITES enviará a la Secretaría General de Interpol toda la información disponible que considere pertinente remitir.
2) A la recepción de la información, el grupo especializado de la Secretaría General de Interpol hará uso de la misma y, en caso necesario, informará a las Oficinas Centrales Nacionales interesadas.
3) A su vez, las Oficinas Centrales Nacionales que reciban la información, si así lo estiman conveniente, se pondrán en contacto con las correspondientes Autoridades Administrativas de la CITES.
4) La Secretaría CITES prestará asistencia a Interpol en las actividades de capacitación de los funcionarios encargados de la aplicación sobre los requisitos de la CITES y sobre las técnicas de fraude utilizadas en violación de las disposiciones de la Convención.
5) La Secretaría General de Interpol colaborará estrechamente con la Secretaría CITES a fin de transmitir a las autoridades encargadas de la aplicación información general sobre el tráfico de especímenes de especies de fauna y flora incluidas en los Apéndices de la CITES y, a petición de la Secretaría CITES y previo consentimiento de las Oficinas Centrales Nacionales concernidas, comunicará a la Secretaría CITES la información sobre las violaciones de las legislaciones nacionales en lo que respecta a la aplicación de la CITES, inclusive los resultados finales de cualquier investigación sobre dichas violaciones.
6) La Secretaría de la CITES considerará estrictamente confidencial cualquier información sobre la violación de las legislaciones nacionales en lo que respecta a la aplicación de la CITES que haya recibido de la Secretaría General de Interpol, y no divulgará dicha información a ninguna persona u organización al margen de la Secretaría CITES, sin previa autorización de la Secretaría General de Interpol.
7) La Secretaría General de Interpol acreditará a la Secretaría CITES como observador permanente en las reuniones organizadas por Interpol que sean de interés para la CITES.
Le rogamos que, si no desea formular otros comentarios, confirme su aprobación a lo citado anteriormente. La presente carta, junto con su repuesta, se considerará como el memorándum de entendimiento cuya adopción había recomendado el Grupo de trabajo Interpol sobre la delincuencia y medio ambiente.
Aprovecho la oportunidad que se me brinda para saludar a usted muy atentamente,
Izgrev TOPKOV
Secretario General15 de diciembre de 1995
Our Ref.:
DII/SD2/320/CITESAsunto: Colaboración CITES-Interpol
Estimado Sr. Topkov:
Mucho le agradezco su carta de 21 de noviembre de 1995, en la que me presenta su propuesta sobre las normas que regirán las relaciones entre la Secretaría General OIPC-Interpol y la Secretaría CITES.
Tras haber examinado detenidamente su propuesta, cúmpleme comunicarle que estoy completamente de acuerdo con el texto propuesto y que, por ende, dicho texto se considerará como el reglamento para la futura colaboración entre nuestras Organizaciones.
Aprovecho la oportunidad que se me brinda para saludarle muy atentamente,
R.E. Kendall, Q.P.M., M.A.
Secretario GeneralSr. Izgrev Topkov
Secretario Genral
Secretaría CITES
15, chemin des Anémones
Case postale 456
CH-1219 Châtelaine
Genève
Suiza
cc: IP Berne
| Mapa del sitio | Búsqueda | FAQ y contacto | Portada |