No. 922 Ginebra, 20 de junio de 1996 ASUNTO: Reglamentaci¢n de la IATA para el transporte de animales vivos 1.En la Resoluci¢n Conf. 9.23 se recomienda que, mientras que la Secretar¡a CITES y el Comit‚ Permanente as¡ lo acuerden, se considere que la Reglamentaci¢n de la IATA para el transporte de animales vivos cumple las Directrices de la CITES para el transporte y la preparaci¢n para el transporte de animales y plantas silvestres vivos, respecto del transporte a‚reo. 2.La Secretar¡a y el Comit‚ Permanente convienen en que la 22a. edici¢n de la Reglamentaci¢n de la IATA para el transporte de animales vivos cumple las Directrices de la CITES respecto del transporte a‚reo. Asimismo, acuerdan que las ediciones 20a. y 21a. siguen estando en vigor en lo que a las Directrices de la CITES se refiere. En lo que concierne a la 20a. edici¢n, sigue siendo v lida hasta el 1 de octubre de 1996. 3.Gracias a una donaci¢n de la IATA, tenemos el placer de adjuntar un ejemplar de la 22a. edici¢n de la Reglamentaci¢n de la IATA para el transporte de animales vivos. La Secretar¡a a£n dispone de algunos ejemplares de la 21a. edici¢n (en espa¤ol, franc‚s e ingl‚s) que pueden obtenerse gratuitamente solicit ndolas a la Secretar¡a. 4.La Secretar¡a insta a las Partes a que se cercioren de que en cada puesto fronterizo autorizado para inspeccionar las exportaciones e importaciones de espec¡menes CITES haya un ejemplar de una edici¢n v lida de la Reglamentaci¢n de la IATA para el transporte de animales vivos. Pueden adquirirse ejemplares, solicit ndolos a la IATA, 2000 Peel St., Montreal, Quebec, Canad  H3A 2R4 (fax: +1-514-844-77- 11), as¡ como a las compa¤¡as a‚reas nacionales. 5.La Secretar¡a aprovecha esta oportunidad para recordar a las Partes que en el p rrafo e) de la Resoluci¢n Conf. 9.23, se recomienda que la Reglamentaci¢n de la IATA para el transporte de animales vivos se incorpore en la legislaci¢n nacional de las Partes. La Secretar¡a mucho agradecer¡a que se le informase si se ha tomado esta medida y, en caso afirmativo, se le env¡e copia de la legislaci¢n correspondiente. 6.Las Directrices de la CITES para el transporte y la preparaci¢n para el transporte de animales y plantas silvestres vivos pueden solicitarse a la Secretar¡a (precio de cada ejemplar: 15 francos suizos, incluidos los gastos de franqueo). 7.La presente notificaci¢n remplaza a las Notificaciones a las Partes Nos. 190 y 852, de 17 de noviembre de 1981 y 18 de abril de 1995, respectivamente.