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Notificación a las PartesNo. 930 Ginebra, 4 de septiembre de 1996
ASUNTO:
INDIA
Prohibición del comercio de fauna y flora silvestres
1. La Autoridad Administrativa de la India informó a la Secretaría de que el gobierno de ese país ha prohibido la exportación con fines comerciales de todos los especímenes de especies incluidas en los Apéndices II y III, excepto las orquídeas reproducidas artificialmente.
2. Se insta a las Partes a que ayuden a la India a ejecutar esta prohibición y a comunicar a la Autoridad Administrativa de la India y a la Secretaría cualquier tentativa de violación de la misma.
3. La presente Notificación remplaza a la Notificación a las Partes No. 535 de 26 de abril de 1989.
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