No. 938 Ginebra, 4 de septiembre de 1996 ASUNTO: Utilizaci¢n de certificados fitosanitarios como certificados de re producci¢n artificial 1.La presente Notificaci¢n remplaza a la Notificaci¢n a las Partes No. 880, de 31 de agosto de 1995. 2.De conformidad con lo dispuesto en la Resoluci¢n Conf. 9.3, p rrafos gg) y hh), las Partes que figuran a continuaci¢n tienen derecho a utilizar certificados fitosanitarios como certificados de reproducci¢n artificial, en el sentido en que se especifica en el p rrafo 5 del Art¡culo VII de la Convenci¢n, para la exportaci¢n de espec¡menes de especies incluidas en el Ap‚ndice II reproducidas artificialmente y de h¡bridos reproducidos artificialmente derivados de una o m s especies del Ap‚ndice I que no hayan sido objeto de anotaciones (v‚ase la Resoluci¢n Conf. 9.18, segundo DETERMINA, p rrafo c): Alemania Notificaci¢n a las Partes No. 490 B‚lgica Notificaci¢n a las Partes No. 315 Canad  Notificaci¢n a las Partes No. 941 Dinamarca Notificaci¢n a las Partes No. 941 Italia Notificaci¢n a las Partes No. 363 Luxemburgo Notificaci¢n a las Partes No. 601 Pa¡ses Bajos Notificaci¢n a las Partes No. 325 Rep£blica de Corea Notificaci¢n a las Partes No. 881 Singapur Notificaci¢n a las Partes No. 881 Suecia Notificaci¢n a las Partes No. 701 Suiza Notificaci¢n a las Partes No. 770. En las Notificaciones indicadas supra se adjuntaron copias de los certificados fitosanitarios para cada uno de esos pa¡ses. 3.La Secretar¡a de la CITES insta a las Partes a facilitar la informaci¢n mecionada anteriormente a los servicios de aduanas y otras autoridades encargadas de la aplicaci¢n de la CITES, a fin de que rechacen los certificados fitosanitarios expedidos por otras Partes para la importaci¢n o exportaci¢n de espec¡menes CITES y acepten los certificados expedidos por las Partes mencionadas supra como documentos v lidos CITES. 4.Se ruega a las Partes que tengan la intenci¢n de utilizar certificados fitosanitarios como certificados de reproducci¢n artificial que, antes de proceder a expedir dichos certificados, proporcionen a la Secretar¡a toda la informaci¢n pertinente, a saber, copias de certificados, estampillas y sellos, etc, como se estipula en la Resoluci¢n Conf. 9.3.