No. 963 Ginebra, 7 de marzo de 1997 ASUNTO: Registro de un establecimiento de cría en cautividad 1.La Autoridad Administrativa de Sudán aprobó la solicitud de un establecimiento de cría en cautividad y, con arreglo a lo dispuesto en el Anexo 2 a la Resolución Conf. 8.15, ha solicitado a la Secretaría que inscriba ese establecimiento en el "Registro de establecimientos de cría en cautividad con fines comerciales de especímenes de especies incluidas en el Apéndice I". 2.El establecimiento en cuestión es: Abu Zeid Ostrich Farm Abu Zeid Adalla Hassan P.O. Box 6040 Friendship Hall KHARTOUM Sudán Teléfono: (24911) 772088; 781916; 772632 Telefax: (24911) 772088 Especie criada: Struthio camelus 3.Habida cuenta de que en este establecimiento se cría en cautividad una especie que no figura aún en dicho Registro, la Secretaría, de conformidad con el Anexo 3 de la Resolución Conf. 8.15, ha enviado esa solicitud a los expertos competentes para solicitar su opinión. Asimismo, la Secretaría informa a las Partes sobre el particular y remitirá copia de la documentación recibida a todas las Partes que lo soliciten. 4.Las Partes que deseen formular comentarios o que se opongan al registro de ese establecimiento, deberán hacerlo cerciorándose de que sus comentarios u objeciones obren en poder de la Secretaría dentro de un plazo de 120 días a partir de la fecha de expedición de la presente Notificación, es decir el 5 de julio de 1997. Después de esa fecha, la Secretaría aplicará el procedimiento estipulado en el Anexo 3 de la Resolución Conf. 8.15 (o el procedimiento pertinente en caso de que la mencionada resolución sea reemplazada en la décima reunión de la Conferencia de las Partes).