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Notificación a las Partes

No. 1998/05 Ginebra, 2 de marzo de 1998

ASUNTO:

CAMERUN

Revocar la recomendación del Comité Permanente de suspender las importaciones
de especímenes de Psittacus erithacus


1. En la Notificación a las Partes No. 993, de 29 de octubre de 1997, la Secretaría comunicó a las Partes la recomendación del Comité Permanente aprobada en su 38a. reunión (Harare, Zimbabwe, junio de 1997), de suspender la importación de especímenes de Psittacus erithacus procedentes de Camerún, ya que este país había exportado 11.000 aves más de esta especie de las previstas en su cupo de exportación para 1996, que era de 12.000 especímenes.

2. El Comité Permanente pidió a la Autoridad Administrativa de Camerún que presentase un informe a la Secretaría indicando las medidas que había adoptado para velar por el correcto control de la utilización de su cupo de exportación para Psittacus erithacus. Si la Secretaría se mostraba satisfecha con los resultados de este informe, notificaría a las Partes el cupo de esta especie para 1998.

3. La Autoridad Administrativa de Camerún transmitió el informe solicitado por el Comité Permanente a la Secretaría, la cual está convencida de que las medidas propuestas por Camerún reducirán al mínimo la posibilidad de que se sobrepase el cupo de exportación para Psittacus erithacus. Así, pues, en cumplimiento de la recomendación del Comité Permanente que figura en el párrafo 1 a) de la Notificación a las Partes No. 993, la Secretaría notifica por la presente que se autoriza la exportación de especímenes de Psittacus erithacus de Camerún y que el cupo de exportación para 1998 es de 12.000 especímenes.

4. No obstante, se solicita a las Partes que supervisen atentamente las importaciones de especímenes de Psittacus erithacus procedentes de Camerún e informen inmediatamente a la Secretaría si detectan alguna irregularidad.

5. En cumplimiento de la decisión del Comité Permanente que figura en el 1 c) de la Notificación a las Partes No. 993, la Secretaría realizará una misión a Camerún, en su debido momento en 1998, para evaluar las medidas que se han adoptado para controlar el comercio de Psittacus erithacus, así como para examinar los problemas generales de aplicación y observancia de la Convención en ese país. La Secretaría presentará un informe de los resultados de esas misión al Comité Permanente.

6. La presente Notificación sustituye a la Notificación a las Partes No. 993, de 29 de octubre de 1997.