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| No. 1999/39 |
Ginebra, 31 de mayo de 1999
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ASUNTO:
INDIA
Prohibición del comercio de fauna y flora silvestres
1. La Autoridad Administrativa de India comunicó a la Secretaría que el gobierno de su país ha prohibido la exportación con fines comerciales de todos los especímenes recolectados en el medio silvestre de especies incluidas en los Apéndices I, II y III, pero que permite la exportación de variedades cultivadas de especies de plantas incluidas en los Apéndices I y II.
2. Se insta a las Partes a que informen a la Autoridad Administrativa de India y a la Secretaría sobre cualquier conato de violación.
3. La presente reemplaza a la Notificación a las Partes No. 930, de 4 de septiembre de 1996.
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