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| No. 1999/48 |
Ginebra,
1 de julio de 1999
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ASUNTO:
Mortalidad de animales vivos en el comercio
1. Mediante la Notificación a las Partes No. 848 del 18 de abril de 1995, la Secretaría pidió a las Partes que suministraran datos sobre la mortalidad de especímenes vivos durante el transporte.
2. En el párrafo j) de la Resolución Conf. 9.23 se recomienda que "las Partes lleven registros del número de especímenes vivos incluidos en cada envío y de la mortalidad durante el transporte de las especies incluidas en los Apéndices, especialmente las aves, y tomen nota de las causas evidentes de esa mortalidad y que publiquen esa información anualmente y faciliten copia de la misma al presidente del Comité de Fauna".
3. Sólo unas pocas Partes respondieron a esta Notificación. La Secretaría agradece a las Partes que aportaron información. Sin embargo, el escaso número de respuestas no permite una evaluación significativa de la información recibida.
4. El Grupo de Trabajo sobre Transporte del Comité de Fauna se reunió en Washington, D.C., Estados Unidos de América, el 15 de enero de 1998, para examinar nuevamente esta cuestión. Llegó a la conclusión de que la mortalidad durante el transporte es una cuestión importante que debe investigarse y seguirse de cerca constantemente. Como ha habido tan pocas respuestas de las Partes a la Notificación anterior, el Grupo decidió centrarse en un número restringido de especies.
5. En la citada reunión, se seleccionaron las siguientes especies, utilizando como principal criterio el número de animales comercializado anualmente.
Mamíferos
Chlorocebus aethiops
Macaca fascicularis
Saimiri sciureus
Aves
Amazona amazonica
Eos borneo
Psittacus erithacus
Trochilidae spp.
Reptiles
Chamaeleo senegalensis
Python sebae
Testudo horsfieldii
Anfibios
Dendrobates pumilio
Mantella aurantiaca
6. Se adjunta a la presente Notificación un formulario de presentación de informes abreviado.
7. La Secretaría agradecería que las Partes distribuyan un número suficiente de ejemplares de este formulario a todos los organismos que se ocupan de las inspecciones de envíos de especímenes vivos, en el momento de la exportación/importación, y a las empresas que se dedican al comercio de especímenes vivos, y les pidan que completen el formulario para cada envío inspeccionado.
8. La Secretaría agradecería que estos formularios se devolvieran todos los meses.
9. Esta Notificación sustituye a la Notificación a las Partes No. 848 del 18 de abril de 1995.
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