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No. 1999/93
Ginebra, 30 de noviembre de 1999

Notificación a las Partes

ASUNTO:

Supervisión de la caza ilegal de elefantes
y formulario nacional de información sobre la caza ilegal de elefantes

1. La presente notificación se aplica exclusivamente a los Estados del área de distribución del elefante africano y asiático.

2. En la Decisión 10.1 de la Conferencia de las Partes se pide que se establezca un sistema internacional de información y supervisión de la caza ilegal en los Estados del área de distribución, mediante el mantenimiento de una base de datos internacional en la Secretaría CITES.

3. En su 40a. reunión (3-6 de marzo de 1998, Londres, Reino Unido), el Comité Permanente encargó a la Secretaría que distribuyese a las Partes un formulario para informar acerca de los incidentes sobre la caza ilegal de elefantes, con miras a iniciar la compilación de datos que pudiesen suministrar una alerta anticipada de los problemas de caza furtiva. La Secretaría envió este formulario junto con la Notificación a las Partes No. 1998/10, de 31 de marzo de 1988.

4. La Secretaría se siente defraudada por el escaso número de respuestas recibidas al respecto, en particular teniendo en cuenta los informes de los medios de comunicación sobre incidentes de caza furtiva en diversos Estados del área de distribución del elefante. La plena participación en los sistemas de supervisión y presentación de informes es esencial para lograr una visión general precisa de las actividades de caza furtiva.

5. Se adjunta una nueva copia del formulario "Incidentes sobre la caza ilegal de elefantes". Se insta a las Partes a que utilicen este formulario para presentar información a la Secretaría sobre casos particulares de caza ilegal. Se trata de un formulario operativo, destinado a recopilar información que pueda ser de utilidad para coordinar los esfuerzos contra la caza ilegal. No cabe duda de que en algunas partes del formulario se solicita información que podría considerarse como confidencial. Va sin decir, que las Partes pueden elegir la forma de completar el formulario. Las Autoridades Administrativas de la CITES tal vez deseen estudiar la posibilidad de que el formulario sea completado por los organismos de aplicación de la ley. A la recepción de estos formularios, la Dependencia de Asistencia a la Observancia de la Secretaría se encargará de reunir la información recibida y transmitirla a los organismos pertinentes, como ICPO-Interpol y la Organización Mundial de Aduanas, a fin de ayudar a las Partes a combatir la caza ilegal.

6. El formulario nacional de información sobre la caza ilegal de elefantes se envió junto con la Notificación a las Partes No. 1998/30, de 30 de junio de 1998 (se adjunta copia del formulario y de las notas explicatorias). El formulario se diseñó con miras a compilar datos anuales. Sólo cuatro Estados del área de distribución del elefante presentaron un formulario nacional de información. Se alienta nuevamente a las Partes a que presenten esta información, a la brevedad posible, incluyendo datos para el periodo comprendido entre junio de 1998 y junio de 1999.

7. La Secretaría adjunta asimismo un "Formulario nacional de información sobre medidas de observancia", a fin de que las Partes proporcionen datos al respecto. Muchas, por no decir la mayoría, de las Partes compilan estos datos anualmente.

8. La Secretaría recalca que cada uno de los formularios de información constituyen un elemento importante para supervisar la caza furtiva y compilar datos pertinentes. Se alienta nuevamente a las Partes a que participen plenamente, presentando los formularios sin tardanza.

9. La presente reemplaza a la Notificación a las Partes No. 1998/30, de 30 de junio de 1998.