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No. 2000/004
Ginebra, 31 de enero de 2000

Notificación a las Partes

ASUNTO:

SENEGAL

Retiro de la recomendación de suspender el comercio

1. Mediante la Notificación a las Partes No. 1999/75, de 21 de octubre de 1999, la Secretaría comunicó a las Partes que, con arreglo a la Decisión 10.64, la Conferencia de las Partes había recomendado que a partir de esa fecha todas las Partes rechazasen cualquier importación de Senegal o cualquier exportación o reexportación a dicho país de especímenes de especies incluidas en los Apéndices de la CITES, hasta nuevo aviso.

2. El 6 de enero de 2000, Senegal remitió a la Secretaría copia del reglamento ministerial titulado "Arrêté portant réglementation du commerce international des espèces de faune et de flore sauvages", que se había aprobado el 28 de diciembre de 1999.

3. El reglamento ministerial cumple con las condiciones establecidas por el Comité Permanente en su 41a. reunión, con arreglo al párrafo a) de la Decisión 10.18 y la Decisión 10.64, ya que regula la importación, la exportación y la reexportación de animales y plantas vivos y muertos de todas las especies incluidas en los Apéndices I, II y III de la CITES, así como las partes y derivados de los mismos. En este reglamento se prevén asimismo sanciones en caso de violación de la Convención.

4. Por consiguiente, la Secretaría informa a las Partes que la recomendación comunicada mediante la Notificación a las Partes No. 1999/75 se retira con efecto inmediato.