![]() |
|||
|
|
|||
| No. 2000/012 |
Ginebra, 31 de enero de 2000
|
ASUNTO:
Medidas internas más estrictas y
asistencia a las Partes para facilitar el comercio1. La Secretaría tiene previsto crear una página en su Sitio en Internet con información sobre las medidas adoptadas por las Partes que son más estrictas que las disposiciones de la Convención. A su juicio, el suministro de información puede ayudar a que se eviten ciertas infracciones y problemas de aplicación.
2. Por ejemplo, los comerciantes podrán comprobar si una Parte requiere la previa expedición de un permiso de importación para todos los especímenes de especies incluidas en los Apéndices de la CITES; si ha designado puertos para la importación y exportación de especímenes CITES, si dispone de reglamentación sobre las exenciones de artículos personales, etc.
3. La Secretaría invita a las Partes a que le comuniquen información sobre sus medidas más estrictas, a fin de incluirla en la página en Internet, junto con una copia de la legislación correspondiente. Los ejemplos precitados son una muestra del tipo de información que podría ser útil.
4. No se ha fijado una fecha límite para remitir dicha información, ya que la página en el Sitio en Internet se actualizará periódicamente. Si una Parte dispone ya de un Sitio en la Red que contenga información sobre sus medidas internas más estrictas, la Secretaría procedería con gusto a establecer una conexión directa desde su propio Sitio en Internet.
Mapa del sitio Búsqueda FAQ y contacto Portada