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No. 2000/025 Ginebra, 23 de marzo de 2000ASUNTO:
Establecimiento de un Grupo asesor técnico para asistir a la Secretaría
a aplicar el Sistema de supervisión de la matanza ilegal de elefantes (MIKE)1. La Secretaría se complace en comunicar a las Partes que el Subgrupo MIKE del Comité Permanente de la CITES ha aprobado el establecimiento de un Grupo asesor técnico sobre el Sistema MIKE, de conformidad con la Resolución Conf. 10.10.
2. El Grupo asesor técnico proporcionará consejo pericial y supervisión técnica transparente sobre el desarrollo y aplicación del Sistema MIKE, mediante un análisis técnico independiente realizado por personal calificado y experimentado de las seis subregiones del área de distribución del elefante en África y Asia.
3. El mandato de este grupo figura en el Anexo.
4. Se invita a las Autoridades Administrativas de los Estados del área de distribución del elefante en África y Asia a que presenten candidaturas para los miembros del Grupo asesor técnico, tomando en consideración las calificaciones enunciadas en el párrafo 3 del Anexo. Las esferas de competencia de cada candidato deben señalarse claramente.
5. La candidaturas, acompañadas en la medida de lo posible de un curriculum vitae, deben obrar en poder de la Secretaría a más tardar el 30 de abril de 2000.
ANEXO
Mandato del Grupo asesor técnico sobre el Sistema MIKE
El Grupo asesor técnico sobre el Sistema MIKE prestará consejo pericial y supervisión técnica transparente sobre el desarrollo y aplicación del Sistema MIKE en África y Asia.
1. Mandato
a) En calidad de grupo, el Grupo asesor técnico debe:
- Actuar conjuntamente, mediante los esfuerzos combinados de sus contribuciones profesionales individuales, para garantizar la fiabilidad técnica y práctica del Sistema MIKE.
- Velar por la coherencia y la conveniencia del diseño, desarrollo y aplicación del Sistema MIKE en las seis subregiones de África y Asia.
- Prestar asesoramiento sobre los procedimientos analíticos apropiados y los plazos para presentar los resultados o productos del Sistema MIKE a las Partes o los órganos pertinentes establecidos por las Partes.
b) A título individual, los miembros del Grupo asesor técnico deben, en respuesta a los plazos límites fijados:
- Estar dispuestos a participar en consultas técnicas sobre cuestiones concretas o generales respecto del Sistema MIKE, tal como solicite la Secretaría CITES, en nombre del Subgrupo MIKE del Comité Permanente de la CITES.
- Revisar todos los formularios de compilación de datos MIKE y los repertorios de instrucciones con miras a lograr que el diseño y los análisis sean técnicamente precisos, ampliamente aplicables y prácticos.
- Examinar todos los módulos y materiales de formación MIKE a fin de garantizar que son coherentes y se ajustan a las condiciones y características sobre el terreno existentes en los sitios MIKE seleccionados.
- Redactar informes extensos y pormenorizados para la Secretaría CITES sobre cualquier aspecto que requiera análisis o revisión, a menudo contando con plazos de tiempo muy reducidos.
2. Modus operandi
a) Estructura del Grupo asesor técnico
- El Grupo asesor técnico estará compuesto como máximo por 10 miembros, sin incluir el personal de la Secretaría CITES o de MIKE.
- El Grupo asesor técnico contará con expertos en elefantes de las seis subregiones de África y Asia, así como con miembros que tengan un visión más amplia y continental.
- Podrán elegirse por votación otras personas cuando sea preciso contar con pericia técnica especializada (por ejemplo, expertos en dinámica de población, diseño analítico de las observaciones y programas de supervisión, estadísticas espaciales, utilización de teleobservación y capacitación).
- La Secretaría CITES actuará como Presidente y organizador del Grupo asesor técnico sobre el Sistema MIKE e informará oficialmente de sus deliberaciones y recomendaciones al Subgrupo MIKE.
- La Unidad de coordinación central de MIKE actuará como la secretaría del Grupo asesor técnico y como un miembro ex-officio del Subgrupo MIKE del Comité Permanente.
b) Métodos operativos del Grupo asesor técnico
- El Grupo asesor técnico se convocará y consultará principalmente por medios electrónicos y telefónicos.
- El Grupo asesor técnico se reunirá cuando se estime necesario, pero normalmente antes de una reunión prevista del Subgrupo MIKE.
c) Medios operativos del Grupo asesor técnico
- Los miembros del Grupo asesor técnico participarán principalmente pro bono, pese a que se asignarán unos honorarios nominales a la presentación de contribuciones técnicas claras.
- Todos los gastos para la participación activa en las reuniones y teleconferencias se sufragarán con cargo al proceso MIKE de la CITES.
3. Requisitos para los miembros del Grupo asesor técnico
a) Los miembros del Grupo asesor técnico sobre MIKE deben:
- Ser científicos generalmente reconocidos que trabajan activamente en la esfera de la conservación y gestión del elefante en África y/o Asia (se incluyen asimismo los conocimientos prácticos socioeconómicos).
- Representar el amplio abanico de cuestiones técnicas que se abordarán al aplicar el sistema MIKE en cada una de las seis subregiones seleccionadas.
- Poseer conocimientos técnicos probados en las esferas específicas que abordarán en el marco de la aplicación del Sistema MIKE.
- Gozar de la confianza de los gobiernos de los Estados del área de distribución del elefante en África y Asia de la subregión que los han nombrado.
- Estar rápida y fácilmente accesibles por correo electrónico y fax.
- Ser capaces de redactar informes y participar en consultas a petición de la CITES.
- Ser capaces de trabajar con acuerdo a lo previsto o sin compensación sobre cuestiones técnicas absorventes a menudo contando con un limitado plazo de tiempo.
b) Los miembros del Grupo asesor técnico serán:
- Elegidos a partir de las candidaturas enviadas por los gobiernos participantes, que reflejen el enfoque subregional seguido por el Sistema MIKE.
- Nombrados, inicialmente, por un periodo de dos años.
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