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No. 2000/068 Ginebra, 14 de diciembre de 2000

ASUNTO:

Estampillas de seguridad

Antecedentes

1. La Conferencia de las Partes, en su tercera reunión, encargó a la Secretaría que diseñase y, a solicitud de cada una de las Partes, imprimiese y distribuyese estampillas adhesivas de seguridad numeradas en serie. Dichas estampillas se utilizarían como medida contra la falsificación y utilización indebida de documentos.

2. Si bien las estampillas de seguridad se han utilizado de forma generalizada, los registros de la Secretaría ponen de relieve que el número de Partes que hacen pedidos de estampillas ha disminuido. Aunque en el pasado la Secretaría suministró estampillas a un total de 119 Partes, aparentemente en la actualidad sólo 66 Partes hacen uso de las mismas. Asimismo, hemos observado que muchas Partes con elevado volumen comercio no hacen uso de las estampillas de seguridad. La Secretaría carece de pruebas de que en las Partes que no utilizan estampillas de seguridad se registre un mayor número de casos de utilización indebida de documentos que en aquellas que las utilizan. También es consciente de que muchas Partes utilizan ahora formularios de permisos y certificados en papel de seguridad o producen dichos formularios de forma electrónica. Parece ser que ambos métodos ofrecen mayores medidas de seguridad.

3. La Conferencia de las Partes había decidido que la Secretaría suministrase las estampillas a las Partes al precio de costo. En una reciente reunión celebrada con el impresor de las estampillas de seguridad, la Secretaría descubrió que sólo se había pedido a las Partes que sufragasen el precio de la numeración de las estampillas y que los demás costos de producción de las mismas habían corrido a cargo de la Secretaría. Así, pues, el costo real debería ser el doble del precio solicitado actualmente, que asciende a 0,15 francos suizos la estampilla. La tirada original de hojas de las estampillas, que se numeran subsecuentemente según las necesidades de las Partes, se realizó en 1982, y las existencias de esas hojas se agotarán en breve.

4. En el presupuesto de la Secretaría no se dispone de fondos para sufragar una nueva tirada de hojas de estampillas. Incluso en caso de que se dispusiera de fondos, de las conversaciones mantenidas con el impresor se desprende que si se produce una nueva serie de hojas el precio de cada estampilla sería tres veces superior. El precio dependerá de que la demanda se mantenga a los niveles precedentes; sin embargo, todo indica que la demanda seguirá disminuyendo y, por ende, el precio unitario sería incluso más elevado.

5. Pese a que el requisito de que la Secretaría imprimiese y distribuyese estampillas de seguridad se revocó en la novena reunión de la Conferencia de las Partes, la Secretaría está dispuesta a continuar administrando la impresión y distribución de las estampillas de seguridad. No obstante, habida cuenta de lo que precede, la Secretaría desea señalar a la atención de las Partes el considerable aumento de los precios que habrán de asumir las Partes que continuen utilizando estampillas de seguridad. A principios de 2001 debe tomarse una decisión sobre si se encargan nuevas existencias de estampillas sin numerar.

Medidas que se solicitan

6. Se solicita a las Partes que deseen seguir utilizando estampillas de seguridad, y que estén dispuestas a aceptar un aumento de los precios de al menos tres veces el precio actual, que lo comuniquen a la Secretaría a más tardar el 31 de enero de 2001.

7. A juicio de la Secretaría, la necesidad de utilizar las estampillas de seguridad, así como su eficacia, debería revisarse en el marco de la evaluación de los controles a la importación y la exportación a que se hace referencia en la Notificación a las Partes No. 1999/52. En esa notificación, la Secretaría solicita que se formulen sugerencias acerca de la forma de modernizar los controles teniendo en cuenta los avances tecnológicos. Sólo dos Partes respondieron a esta solicitud y, por ende, se acogería con beneplácito toda nueva contribución en este sentido.