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No. 2000/070 Ginebra, 14 de diciembre de 2000

ASUNTO:

Reservas específicas

1. El Gobierno Depositario (Gobierno de la Confederación Suiza) ha comunicado a la Secretaría que Alemania, Dinamarca, Finlandia y Francia formularon las siguientes reservas para especies incluidas en el Apéndice III, en virtud del párrafo 2 del Artículo XVI de la Convención:

a) ALEMANIA (en vigor a partir del 16 de agosto de 2000)

Arctictis binturong
Civettictis civetta
Mustela sibirica

b) DINAMARCA (en vigor a partir del 8 de noviembre de 2000)

Mustela altaica
Mustela erminea ferghanae
Mustela kathiah
Mustela sibirica
Vulpes vulpes griffithi
Vulpes vulpes montana
Vulpes vulpes pusilla

c) FINLANDIA (en vigor a partir del 15 de noviembre de 2000)

Mustela altaica
Mustela erminea ferghanae
Mustela kathiah
Mustela sibirica
Vulpes vulpes griffithi
Vulpes vulpes montana
Vulpes vulpes pusilla

d) FRANCIA (en vigor a partir del 31 de octubre de 2000)

Mustela altaica
Mustela kathiah
Mustela sibirica

2. A la presente notificación se adjunta una versión revisada de las "Reservas específicas formuladas por las Partes", en vigor a partir del 15 de noviembre de 2000.