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No. 2003/035
6 de mayo de 2003

Notificación a las Partes

ASUNTO:

Reservas específicas

1. El Gobierno Depositario (Gobierno de la Confederación Suiza) ha informado a la Secretaría de que como consecuencia de las enmiendas a los Apéndices I y II de la Convención aprobadas en la 12a. reunión de la Conferencia de las Partes (Santiago, 2002), se formularon las siguientes reservas.

FILIPINAS

Amazona ochrocephala auropalliata Apéndice I
Amazona ochrocephala oratrix Apéndice I
Amazona ochrocephala parvipes Apéndice I
Amazona ochrocephala tresmariae Apéndice I
Propyrrhura couloni Apéndice I

INDONESIA

Rhincodon typus Apéndice II
Cetorhinus maximus Apéndice II
Hippocampus spp. Apéndice II, el 15 de mayo de 2004

ISLANDIA

Rhincodon typus Apéndice II
Cetorhinus maximus Apéndice II

JAPÓN

Rhincodon typus Apéndice II
Cetorhinus maximus Apéndice II
Hippocampus spp. Apéndice II, el 15 de mayo de 2004

NORUEGA

Rhincodon typus Apéndice II
Cetorhinus maximus Apéndice II
Hippocampus spp. Apéndice II, el 15 de mayo de 2004

Al depositar sus reservas, Noruega hizo la siguiente declaración (en inglés):

"No obstante, entendemos que Rhincodon typus y en particular Hippocampus spp. pueden beneficiarse de la inclusión en el Apéndice II. En consecuencia, Noruega puede volver a considerar sus reservas cuando se adopten los nuevos criterios de inclusión CITES y cuando la FAO haya finalizado su labor en lo que concierne a las relaciones y la colaboración entre la CITES y las organizaciones regionales de pesca."

REPÚBLICA DE COREA

Rhincodon typus Apéndice II
Cetorhinus maximus Apéndice II
Hippocampus spp. Apéndice II, el 15 de mayo de 2004.

2. Las enmiendas a los Apéndices I y II aprobadas en la 12a. reunión de la Conferencia de las Partes entraron en vigor el 13 de febrero de 2003. En consecuencia, las reservas precitadas entraron en vigor en esa fecha a la excepción de las reservas sobre la inclusión de Hippocampus spp. en el Apéndice II, ya que esta enmienda entrará en vigor el 15 de mayo de 2004. A la presente notificación se adjunta una versión revisada de las "Reservas específicas formuladas por las Partes", en vigor a partir del 13 de febrero de 2003.

3. La presente reemplaza a la Notificación a las Partes No. 2002/076, de 19 de diciembre de 2002.