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| No. 2003/071 |
12 de noviembre de 2003
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ASUNTO:
Procedimiento para registrar establecimientos que crían en cautividad con fines
comerciales, especies animales incluidas en el Apéndice I1. En la Resolución Conf. 4.15, aprobada en su cuarta reunión (Gaborone, 1983), la Conferencia de las Partes solicita a la Secretaría "que establezca y mantenga actualizado, sobre la base de las informaciones recibidas de las Partes, un registro de los establecimientos que realizan cría en cautividad para fines comerciales, de especímenes de especies incluidas en el Apéndice I…". Tras una serie de revisiones del procedimiento, en la 12.ª reunión de la Conferencia de las Partes (Santiago, 2002) se aprobó la Resolución Conf. 12.10, Directrices relativas a un procedimiento de registro y control de los establecimientos que crían en cautividad con fines comerciales, especies animales incluidas en el Apéndice I.
2. Sin embargo, la Secretaría ha registrado un escaso número de esos establecimientos (99 establecimientos para 20 taxa en junio de 2003). Solamente 21 Partes han registrado establecimientos, la mayoría de las cuales crían especies de cocodrílidos, halcones o peces lengüihueso malayos. La mayor parte de los establecimientos registrados se encuentran en países de Asia sudoriental.
3. En la Decisión 12.78 se encarga al Comité de Fauna que estudie y evalúe el proceso para registrar establecimientos que crían con fines comerciales especies animales incluidas en el Apéndice I y presente un informe a la 13.ª reunión de la Conferencia de las Partes en el que:
a) se describan y analicen los problemas específicos que restringen la amplia utilización del procedimiento de registro;
b) se formulen recomendaciones para resolver esos problemas; y
c) se estudie y evalúe la manera en que la cría en cautividad con fines comerciales de especies incluidas en el Apéndice I y el correspondiente proceso de registro de los establecimientos contribuyen a la conservación de las especies incluidas en el Apéndice I.
4. Se invita a las Partes y a las organizaciones no gubernamentales a que presenten información y comentarios a la Secretaría sobre los procesos para registrar establecimientos que crían en cautividad con fines comerciales, especies animales incluidas en el Apéndice I, en particular en relación con:
a) los problemas reales o posibles que podrían limitar o evitar el uso del procedimiento de registro a escala nacional (esos problemas pueden ser administrativos, legales, de gestión, económicos o científicos);
b) las experiencias en la aplicación del proceso de registro y los consiguientes requisitos de control (incumbiría por ejemplo a las Autoridades Administrativas y Científicas de las Partes con establecimientos registrados, de las Partes que se han opuesto a los registros o de las Partes cuyas solicitudes de registro se han visto rechazadas, y a los representantes de los establecimientos de cría en cautividad concernidos); y
c) los establecimientos no registrados que crían especies animales del Apéndice I para el comercio internacional (incluidas las especies concernidas y los números producidos).
5. Asimismo, se alienta a las Partes y a las organizaciones a que obtengan esta información de otras fuentes (por ejemplo, asociaciones de aficionados o de cría comercial).
6. La Secretaría espera que la información a que se hace alusión en esta notificación obre en su poder a más tardar el 31 de enero de 2004, a fin de que pueda presentarla a la consideración de la 20.ª reunión del Comité de Fauna (prevista en marzo de 2004).
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