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Esturiones

Los esturiones y la CITES
Los
esturiones son uno de los recursos silvestres más valiosos
del planeta. Estos peces del hemisferio norte se encuentran en grandes
sistemas fluviales, lagos, aguas costeras y mares internos en Azerbaiyán,
Bulgaria, China, Federación de Rusia, Kazajstán, República
Islámica del Irán, Rumania, Turkmenistán, Turquía,
Ucrania y otros países de Europa y América del Norte.
Para las personas en todo el mundo, el caviar, es decir, las huevas
no fecundadas de esturión, es un manjar exquisito. Para los
Estados del área de distribución, los esturiones son
una importante fuente de ingresos y de empleo, así como un
elemento importante del suministro nacional de alimentos. Las tendencias
actuales en la captura y el comercio ilegales constituyen un riesgo
para todos esos beneficios.
Desde 1998 el comercio internacional de todas las especies de esturión
está reglamentado por la CITES, debido a las preocupaciones
sobre el impacto de la explotación no sostenible y el comercio
ilegal de las poblaciones de esturión en el medio silvestre.
La situación en el mar Caspio, donde se produce la mayor
parte del caviar mundial, se volvió francamente preocupante
tras el desmoronamiento de la Unión de Repúblicas
Socialistas Soviéticas, que se tradujo en el colapso total
de los sistemas de gestión y control. La sobreexplotación
resultante de las poblaciones de esturión condujo a que se
reconociese la imperiosa necesidad de evitar una mayor disminución
y reestablecer las poblaciones de las especies. A fin de lograr
este objetivo, la tasa de explotación no debe sobrepasar
la capacidad de regeneración de las especies. En otras palabras,
debe reglamentarse el comercio de estas especies a fin de evitar
la sobreexplotación.
Cuando
se puso de manifiesto la disminución de las poblaciones
de esturión en la 10ª reunión de la Conferencia
de las Partes (Harare, 1997), las Partes decidieron reglamentar
el comercio internacional de esturión. Esta fue una importante
medida para garantizar la conservación a largo plazo y
una gestión más adecuada de la especie, que es crucial
si queremos preservar este recurso para las generaciones futuras.
Para proceder al comercio internacional de todos los esturiones
y de las partes y derivados de los mismos (por ejemplo, caviar,
carne, piel, etc.) es preciso contar con permisos y certificados
CITES. El sistema de permisos establecido por la CITES permite
reglamentar el comercio y hace que sea más fácil
determinar el origen de cualquier envío de caviar. Asimismo,
en su 11ª reunión (Gigiri, 2000), la Conferencia de
las Partes recomendó la introducción de un sistema
universal de etiquetado del caviar con miras a ayudar a las Partes
a identificar el caviar legal en el comercio.
No obstante, la inclusión de las especies de esturión
en los Apéndices de la CITES fue sencillamente la primera
medida para reglamentar y mantener las poblaciones de esturión,
a fin de garantizar que su comercio internacional era sostenible.
Las Partes en la CITES reconocieron que la inclusión no
sería suficiente en sí misma y desde 1998 se han
desarrollado y mejorado diversas iniciativas de gestión
de la conservación, entre otras, los programas de gestión
de la pesca, la mejora de la legislación, el fomento de
acuerdos regionales, el desarrollo de sistemas de marcado, la
acuicultura y el control del comercio ilícito. En la actualidad
estas iniciativas figuran en la Resolución Conf.
12.7 (Rev. CoP13).
Examen del comercio significativo de la CITES
El examen del comercio significativo es el mecanismo de la Convención
para tomar medidas correctivas cuando hay razones para pensar
que una especie del Apéndice II es objeto de niveles significativos
de comercio sin la debida aplicación de las disposiciones
de la Convención. Si se aplica correctamente, este proceso
constituye una red de seguridad de la Convención, al garantizar
que la especie se explota de forma sostenible. Este proceso, enunciado
en la Resolución Conf.
12.8 (Rev. CoP13), es aplicado por los Comités de Fauna
y de Flora.
En la Resolución Conf. 10.12 y ulteriormente en la Resolución
Conf. 10.12 (Rev.) se encarga al Comité de Fauna que incluya
los Acipenseriformes (esturiones y espátulas) en su examen
del comercio significativo. De este examen se desprendió
que varias especies de esturión eran objeto de explotación
no sostenible en diversas zonas, principalmente debido a la pesca
ilegal. Otras especies se estaban pescando a su límite
biológico y se estimó que serían vulnerables
a cualquier disminución, a menos que se pusiesen en práctica
planes de gestión y una considerable reducción de
la captura. Este examen, que se basó en gran medida en
la información proporcionada por los propios Estados del
área de distribución, puso de relieve una pauta
clara de disminución de la producción de las poblaciones
de esturiones del mar Caspio y del mar Negro que requería
atención inmediata.
Este examen resultó en una serie de recomendaciones
formuladas por el Comité Permanente en su 45ª reunión
(París, junio de 2001). La mayoría de ellas se aplicaron
en años sucesivos.
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